Resumen del Artículo 35

Artículo 35 del Ley 13/2015, de 8 de abril, de Función Pública de Extremadura. (codigo) — Procedimiento de aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo. 1. El Consejo de Gobierno regulará el procedimiento de aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de las Consejerías y Organismos públicos de la Administración de la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 35

1. El Consejo de Gobierno regulará el procedimiento de aprobación y modificación de las relaciones de puestos de trabajo de las Consejerías y Organismos públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma.

2. La aprobación o modificación de las relaciones de puestos de trabajo que conlleven incremento de gasto exigirán informe favorable de la Consejería competente en materia de presupuestos.

3. Las relaciones de puestos de trabajo de las restantes Administraciones Públicas de Extremadura, según lo dispuesto en el artículo 3 de la presente Ley, serán aprobadas por el órgano de gobierno competente de acuerdo con la legislación aplicable en cada caso.

Norma publicada: 8 de abril de 2015

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 35

¿Qué dice el Artículo 35 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 35 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 35?

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