Resumen del Artículo 58

Artículo 58 del Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia. (codigo) — Convocatorias de los procesos selectivos. 1. Los procesos selectivos de los empleados públicos se iniciarán mediante convocatoria pública. 2. Las bases de la convocatoria, como mínimo, deben contener: a) El número de plazas, subgrupo o grupo de clasificación profesional, en el…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 58

1. Los procesos selectivos de los empleados públicos se iniciarán mediante convocatoria pública.

2. Las bases de la convocatoria, como mínimo, deben contener:

a) El número de plazas, subgrupo o grupo de clasificación profesional, en el supuesto de que este no tenga subgrupo, cuerpo y, en su caso, escala, o categoría laboral.

b) Las condiciones y requisitos que deben reunir las personas aspirantes.

c) El sistema selectivo aplicable, el cual indicará el tipo de pruebas concretas y los sistemas de calificación de los ejercicios o, en su caso, los baremos de puntuación de los méritos.

d) El programa de las pruebas selectivas o la referencia de la publicación oficial del mismo.

e) El orden de actuación de las personas aspirantes.

f) El régimen aplicable al órgano de selección.

g) Las características, efectos y duración de los cursos y/o período de prácticas que deban realizar, en su caso, las personas seleccionadas.

h) El porcentaje de plazas reservadas para la promoción interna y para personas con discapacidad, si procede.

3. En las convocatorias se tendrán en cuenta las condiciones especiales aplicables a las personas con discapacidad, con arreglo a lo previsto en el artículo 54 de la presente ley.

4. Las convocatorias y sus bases se publicarán en el diario oficial correspondiente y vinculan a la Administración pública convocante, a los órganos de selección y a las personas que participan en el proceso selectivo.

5. Pueden convocarse procesos selectivos conjuntos para el ingreso en diversos cuerpos o escalas del personal funcionario o categorías profesionales del personal laboral.

Norma publicada: 29 de abril de 2015

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 58

¿Qué dice el Artículo 58 del codigo?

Convocatorias de los procesos selectivos. 1. Los procesos selectivos de los empleados públicos se iniciarán mediante convocatoria pública. 2. Las bases de la convocatoria, como mínimo, deben…

¿El Artículo 58 del codigo está vigente?

El artículo 58 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 58 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 58?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.