Resumen del Artículo 5

Artículo 5 del Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística. (codigo) — Las leyes de Galicia, los Decretos legislativos, las disposiciones normativas y las resoluciones oficiales de la Administración Pública gallega se publicarán en gallego y castellano en el Diario Oficial de Galicia.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 5

Las leyes de Galicia, los Decretos legislativos, las disposiciones normativas y las resoluciones oficiales de la Administración Pública gallega se publicarán en gallego y castellano en el Diario Oficial de Galicia.

Norma publicada: 15 de junio de 1983

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 5

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 5?

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