Resumen del Artículo 33

Artículo 33 del Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (codigo) — Principios de organización y funcionamiento. 1. La Administración General de la Comunidad adecuará su organización, funcionamiento y relaciones a los principios generales y normas básicas del régimen jurídico de las Administraciones públicas. 2. De acuerdo con el artículo 39.2…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 33

1. La Administración General de la Comunidad adecuará su organización, funcionamiento y relaciones a los principios generales y normas básicas del régimen jurídico de las Administraciones públicas.

2. De acuerdo con el artículo 39.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León tiene en el ejercicio de sus competencias las mismas potestades, prerrogativas y privilegios que la Administración del Estado.

Norma publicada: 3 de julio de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 33

¿Qué dice el Artículo 33 del codigo?

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¿El Artículo 33 del codigo está vigente?

El artículo 33 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 33 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 33?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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