Resumen del Artículo 59

Artículo 59 del Ley 3/2001, de 3 de julio, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León. (codigo) — Reglas de actuación. 1. La Administración de la Comunidad Autónoma ajustará su actuación a las reglas contenidas en esta Ley y en las normas básicas reguladoras del procedimiento administrativo común. 2. La Administración de la Comunidad de Castilla y León pondrá a disposición…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 59

1. La Administración de la Comunidad Autónoma ajustará su actuación a las reglas contenidas en esta Ley y en las normas básicas reguladoras del procedimiento administrativo común.

2. La Administración de la Comunidad de Castilla y León pondrá a disposición de todos los interesados modelos de declaración responsable y de comunicación previa, que estarán permanentemente actualizados y publicados y cuya presentación se podrá efectuar vía electrónica y a distancia.

Norma publicada: 3 de julio de 2001

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 59

¿Qué dice el Artículo 59 del codigo?

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¿El Artículo 59 del codigo está vigente?

El artículo 59 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 59 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 59?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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