Resumen del Artículo 58

Artículo 58 del Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana. (codigo) — Régimen jurídico Las ventas en pública subasta, que se realicen en el ámbito de la Comunitat Valenciana, deberán cumplir, además de las disposiciones de la presente Ley, con lo previsto en los artículos 56 y siguientes de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 58

Las ventas en pública subasta, que se realicen en el ámbito de la Comunitat Valenciana, deberán cumplir, además de las disposiciones de la presente Ley, con lo previsto en los artículos 56 y siguientes de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, y demás normativa aplicable.

Norma publicada: 23 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 58

¿Qué dice el Artículo 58 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 58 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 58?

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