Resumen del Artículo 68

Artículo 68 del Ley 3/2011, de 23 de marzo, de comercio de la Comunitat Valenciana. (codigo) — Concepto. Se consideran ventas en rebajas aquellas que tienen por objeto dar salida a las existencias del comercio mediante una reducción de precios o unas condiciones especiales, a un precio inferior al fijado antes de dicha venta.

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 68

Se consideran ventas en rebajas aquellas que tienen por objeto dar salida a las existencias del comercio mediante una reducción de precios o unas condiciones especiales, a un precio inferior al fijado antes de dicha venta.

Norma publicada: 23 de marzo de 2011

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 68

¿Qué dice el Artículo 68 del codigo?

Concepto. Se consideran ventas en rebajas aquellas que tienen por objeto dar salida a las existencias del comercio mediante una reducción de precios o unas condiciones especiales, a un precio…

¿El Artículo 68 del codigo está vigente?

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¿Dónde se ubica el Artículo 68 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO III.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 68?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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