Artículo 390
Se califica como infracción grave y se sancionará con multa de 6.000 a 150.000 euros las instalaciones no autorizadas de telecomunicaciones y conducción de energía.
Norma publicada: 13 de julio de 2017
Resumen del Artículo 390
Artículo 390 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Instalaciones de telecomunicación y conducción de energía. Se califica como infracción grave y se sancionará con multa de 6.000 a 150.000 euros las instalaciones no autorizadas de telecomunicaciones y conducción de energía.
Se califica como infracción grave y se sancionará con multa de 6.000 a 150.000 euros las instalaciones no autorizadas de telecomunicaciones y conducción de energía.
Norma publicada: 13 de julio de 2017
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Instalaciones de telecomunicación y conducción de energía. Se califica como infracción grave y se sancionará con multa de 6.000 a 150.000 euros las instalaciones no autorizadas de telecomunicaciones…
El artículo 390 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I › Sección 2.
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