Resumen del Artículo 394

Artículo 394 del Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias. (codigo) — Concurrencia de tipos. 1. Cuando un mismo hecho pueda ser tipificado como infracción por distintas leyes protectoras del territorio, urbanismo, recursos naturales y patrimonio histórico se aplicará el tipo que tenga previsto una sanción máxima más alta, con independencia de cuál…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 394

1. Cuando un mismo hecho pueda ser tipificado como infracción por distintas leyes protectoras del territorio, urbanismo, recursos naturales y patrimonio histórico se aplicará el tipo que tenga previsto una sanción máxima más alta, con independencia de cuál sea finalmente la sanción aplicada atendiendo a los criterios de graduación.

2. Cuando un mismo hecho pueda ser tipificado como infracción por distintos preceptos de la presente ley, será de aplicación el tipo específico frente al general, y de concurrir varios tipos específicos o generales, aquel que tenga atribuida una sanción máxima más alta, con independencia de cuál sea finalmente la sanción aplicada atendiendo a los criterios de graduación.

Norma publicada: 13 de julio de 2017

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 394

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 394?

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