Resumen del Artículo 23

Artículo 23 del Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears. (codigo) — Protección de los consumidores en materia de vivienda. 1. Las adquisiciones y los alquileres de viviendas que tengan consideración de relaciones de consumo, serán tutelados y protegidos por la normativa de consumo que resulte aplicable con el fin de defender el derecho a la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 23

1. Las adquisiciones y los alquileres de viviendas que tengan consideración de relaciones de consumo, serán tutelados y protegidos por la normativa de consumo que resulte aplicable con el fin de defender el derecho a la vivienda con la máxima agilidad y eficacia y hacerlos efectivos.

2. La contratación de productos y servicios crediticios o bancarios para la adquisición o el alquiler de una vivienda será objeto de la misma protección establecida en el apartado anterior.

Norma publicada: 19 de junio de 2018

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 23

¿Qué dice el Artículo 23 del codigo?

Protección de los consumidores en materia de vivienda. 1. Las adquisiciones y los alquileres de viviendas que tengan consideración de relaciones de consumo, serán tutelados y protegidos por la…

¿El Artículo 23 del codigo está vigente?

El artículo 23 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 23 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 23?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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