Resumen del Artículo 63

Artículo 63 del Ley 5/2018, de 19 de junio, de la vivienda de las Illes Balears. (codigo) — Tipo de promoción. 1. Las viviendas protegidas pueden ser de promoción pública o privada. 2. Es promoción pública la llevada a cabo por administraciones públicas y empresas o entidades públicas. 3. Es promoción privada la llevada a cabo por personas físicas o jurídicas privadas,…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 63

1. Las viviendas protegidas pueden ser de promoción pública o privada.

2. Es promoción pública la llevada a cabo por administraciones públicas y empresas o entidades públicas.

3. Es promoción privada la llevada a cabo por personas físicas o jurídicas privadas, incluidas las promociones llevadas a cabo por medio de convenios de colaboración entre entidades del sector público y promotores privados.

Norma publicada: 19 de junio de 2018

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 63

¿Qué dice el Artículo 63 del codigo?

Tipo de promoción. 1. Las viviendas protegidas pueden ser de promoción pública o privada. 2. Es promoción pública la llevada a cabo por administraciones públicas y empresas o entidades públicas. 3.…

¿El Artículo 63 del codigo está vigente?

El artículo 63 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 63 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO I.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 63?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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