Resumen del Artículo 178

Artículo 178 del Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. (codigo) — Relaciones de cooperación entre las Administraciones públicas. 1. En las materias objeto de esta ley, la actuación y relaciones de las Administraciones públicas de Andalucía se fundamentarán en los principios establecidos en la normativa estatal de carácter básico. 2. Para la…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 178

1. En las materias objeto de esta ley, la actuación y relaciones de las Administraciones públicas de Andalucía se fundamentarán en los principios establecidos en la normativa estatal de carácter básico.

2. Para la consecución de objetivos comunes podrán celebrar convenios y llevar a cabo planes y programas conjuntos de actuación en materia de empleo público.

Norma publicada: 7 de junio de 2023

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 178

¿Qué dice el Artículo 178 del codigo?

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El artículo 178 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 178 dentro del codigo?

Forma parte del articulado del Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía..

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 178?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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