Artículo 7
Los órganos superiores en materia de recursos humanos son:
a) El Consejo de Gobierno.
b) La Consejería competente en materia de Función Pública.
Norma publicada: 7 de junio de 2023
Resumen del Artículo 7
Artículo 7 del Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía. (codigo) — Órganos superiores. Los órganos superiores en materia de recursos humanos son: a) El Consejo de Gobierno. b) La Consejería competente en materia de Función Pública.
Los órganos superiores en materia de recursos humanos son:
a) El Consejo de Gobierno.
b) La Consejería competente en materia de Función Pública.
Norma publicada: 7 de junio de 2023
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Órganos superiores. Los órganos superiores en materia de recursos humanos son: a) El Consejo de Gobierno. b) La Consejería competente en materia de Función Pública.
El artículo 7 del codigo está vigente.
Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.
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