Resumen del Artículo 136

Artículo 136 del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. (codigo) — Integración de los aspectos formales y no formales de la educación. 1. La Consejería competente en materia de educación contribuirá, junto con otros organismos públicos y entidades, a la integración de los aspectos formales y no formales de la educación y los recursos existentes…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 136

1. La Consejería competente en materia de educación contribuirá, junto con otros organismos públicos y entidades, a la integración de los aspectos formales y no formales de la educación y los recursos existentes en el marco de proyectos educativos de localidad o de centro, para que se pongan al servicio del alumnado y del conjunto de la sociedad.

2. El centro docente y sus instalaciones serán espacios para el uso educativo, a través de proyectos, de toda la sociedad en los períodos no lectivos, incluidos los días festivos y las vacaciones escolares.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 136

¿Qué dice el Artículo 136 del codigo?

Integración de los aspectos formales y no formales de la educación. 1. La Consejería competente en materia de educación contribuirá, junto con otros organismos públicos y entidades, a la integración…

¿El Artículo 136 del codigo está vigente?

El artículo 136 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 136 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 136?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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