Resumen del Artículo 37

Artículo 37 del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. (codigo) — Finalidad y objetivos. 1. La finalidad de la educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas hasta los seis años de edad. 2. Los objetivos y la ordenación de la etapa son los que se recogen en el capítulo I del…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 37

1. La finalidad de la educación infantil es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, social e intelectual de los niños y niñas hasta los seis años de edad.

2. Los objetivos y la ordenación de la etapa son los que se recogen en el capítulo I del título I de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 37

¿Qué dice el Artículo 37 del codigo?

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¿El Artículo 37 del codigo está vigente?

El artículo 37 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 37 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO II › Sección 1.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 37?

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