Resumen del Artículo 54

Artículo 54 del Ley 7/2010, de 20 de julio, de Educación de Castilla-La Mancha. (codigo) — Finalidad. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la finalidad de la educación secundaria obligatoria es lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos básicos de la cultura en sus aspectos humanístico,…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 54

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 22 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, la finalidad de la educación secundaria obligatoria es lograr que los alumnos y alumnas adquieran los elementos básicos de la cultura en sus aspectos humanístico, artístico, científico y tecnológico, desarrollar y consolidar en ellos hábitos de estudio y de trabajo, prepararlos para su incorporación a estudios posteriores y para su futura inserción laboral, educarlos en valores relacionados con la salud y el desarrollo sostenible y formarlos para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.

Norma publicada: 20 de julio de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 54

¿Qué dice el Artículo 54 del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 54?

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