Resumen del Artículo 59

Artículo 59 del Ley 7/2011, de 27 de octubre, del Turismo de Galicia. (codigo) — Hotel apartamento. Son hoteles apartamentos aquellos que, reuniendo los requisitos exigidos para los hoteles, cuenten además con un mínimo de un 70% de unidades alojativas en las que por su estructura y servicios dispongan de las instalaciones adecuadas para la conservación,…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 59

Son hoteles apartamentos aquellos que, reuniendo los requisitos exigidos para los hoteles, cuenten además con un mínimo de un 70% de unidades alojativas en las que por su estructura y servicios dispongan de las instalaciones adecuadas para la conservación, elaboración y consumo de alimentos. Cada una de estas unidades de alojamiento habrá de contar, como mínimo, con dormitorio, salón comedor, baño o aseo y cocina.

Norma publicada: 27 de octubre de 2011

Fuente oficial: BOE

¿Necesitas analizar este artículo?

Pensso puede ayudarte a interpretar, comparar y aplicar este artículo a tu caso concreto usando IA especializada en derecho español.

Preguntas frecuentes sobre el Artículo 59

¿Qué dice el Artículo 59 del codigo?

Hotel apartamento. Son hoteles apartamentos aquellos que, reuniendo los requisitos exigidos para los hoteles, cuenten además con un mínimo de un 70% de unidades alojativas en las que por su…

¿El Artículo 59 del codigo está vigente?

El artículo 59 del codigo está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 59 dentro del codigo?

Se encuentra en la estructura: CAPÍTULO IV.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 59?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.