Resumen del Artículo 52

Artículo 52 del Ley Foral 10/2010, de 10 de mayo, del Derecho a la Vivienda en Navarra. (codigo) — Causas de expropiación. Podrán ser causas justificativas de expropiación forzosa por incumplimiento de la función social de la propiedad cualquiera de los siguientes hechos: a) Desatender un requerimiento para destinar efectivamente la vivienda protegida a domicilio habitual y…

codigoVigenteActualizado: 12 de mayo de 2026

Artículo 52

Podrán ser causas justificativas de expropiación forzosa por incumplimiento de la función social de la propiedad cualquiera de los siguientes hechos:

a) Desatender un requerimiento para destinar efectivamente la vivienda protegida a domicilio habitual y permanente.

b) No destinar la vivienda protegida a domicilio habitual y permanente durante un plazo superior a un año sin haber obtenido la preceptiva autorización administrativa de desocupación.

c) Falsear los datos exigidos para acceder a la vivienda protegida.

d) Mantener una vivienda deshabitada en los casos en que constituye infracción muy grave sancionable en virtud de la presente ley foral.

e) El incumplimiento de los plazos previstos para urbanizar o edificar terrenos destinados a vivienda protegida. Estos plazos serán los previstos en el Plan General Municipal del municipio donde radiquen los terrenos y, en su defecto, los establecidos en la normativa foral de Ordenación del Territorio y Urbanismo.

f) El incumplimiento de mantener vinculadas al sistema público de alquiler las promociones de viviendas que, habiendo sido calificadas como promociones de arrendamiento protegido, no hayan superado su periodo de régimen de protección.

Norma publicada: 10 de mayo de 2010

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 52

¿Qué dice el Artículo 52 del codigo?

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¿Dónde se ubica el Artículo 52 dentro del codigo?

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¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 52?

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