LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA
Hago saber que el Parlamento de Navarra ha aprobado la siguiente Ley Foral de modificación de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.
PREÁMBULO
Uno de los objetivos de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936, es eliminar aquellos referentes icónicos que rememoren el régimen franquista, rompiendo la cohesión de los recuerdos que esa simbología perpetúa en el presente.
Durante la dictadura, algunas construcciones fueron utilizadas con un significado rememorativo y propagandístico de los valores de la dictadura franquista, con propósito de perpetuarlos en el tiempo. Ejemplo de estas construcciones es el conocido como «Monumento a los Caídos».
El edificio «Monumento de Navarra a sus muertos en la Cruzada» fue construido en 1942 a iniciativa de la Diputación de Navarra como homenaje a los muertos en el bando vencedor y como exaltación de la dictadura franquista. Tal y como expresa el proyecto de construcción, el Monumento a los Caídos fue concebido como un templo votivo, símbolo de poder y gloria de la «Cruzada» e, indirectamente de la dictadura.
En 1998, y previa liberación por parte de la Diputación Foral del carácter votivo del monumento, el Arzobispado y la parroquia de Cristo Rey donaron el monumento al Ayuntamiento de Pamplona/Iruña. La donación se condicionó a la reserva del usufructo a perpetuidad de la cripta central destinada a actos de culto.
Tras adquirir la propiedad, se han adoptado medidas para despojar al edificio de la simbología franquista. Se aisló la cripta del resto del edificio quedando a disposición de la citada Parroquia. Se ocultaron las inscripciones de exaltación de la denominada «Cruzada» y del régimen franquista; y, tras algunas obras de reforma y adaptación, se destinó el edificio a sala de exposiciones.
En 2002 se procedió a la aprobación del Plan Municipal que consolidó el conjunto monumental denominándolo «Monumento a los Caídos». En el Catálogo de edificios protegidos del Ayuntamiento de Pamplona se protege en grado 2 el espacio interior, la cripta y la cubierta, y en grado 3, las arquerías laterales.
En el año 2016 el Gobierno de Navarra aprobó el censo provisional de símbolos franquistas y las Recomendaciones para la retirada de dicha simbología, en donde figura el Monumento a los Caídos. Asimismo, el Ayuntamiento de Pamplona/Iruña aprobó la clausura de la cripta situada bajo dicho monumento como lugar de enterramiento y procedió a la exhumación de los restos de los generales Mola y Sanjurjo y de los voluntarios franquistas enterrados en la cripta.
A pesar de los avances que se han dado para desproveer al edificio de su significado original, es necesario dotar a este edificio de un nuevo significado, compatible con el mantenimiento de una memoria histórica critica.
Para ello, se propone transformar el uso del edificio y destinarlo a dar a conocer los motivos de las graves violaciones de derechos humanos ocurridos en la guerra y en la dictadura y las circunstancias en que se produjeron, así como a reflexionar y alertar a la sociedad sobre los riesgos y peligros de las nuevas formas de fascismo en cuanto que colisionan con la democracia, la diversidad y la justicia social. A tal efecto, se pone en valor la convivencia y el respeto a los derechos humanos.
El objetivo de esta ley foral es dar cumplimiento a los estándares internacionales de los Derechos Humanos encaminados a preservar del olvido la memoria colectiva y evitar que surjan tesis revisionistas y negacionistas.
Modificación de la Ley Foral 33/2013, de 26 de noviembre, de reconocimiento y reparación moral de las ciudadanas y ciudadanos navarros asesinados y víctimas de la represión a raíz del golpe militar de 1936.
Se introduce una nueva disposición adicional octava con la siguiente redacción:
Entrada en vigor.
La presente ley foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra».
Yo, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, promulgo, en nombre de S.M. el Rey, esta ley foral, ordeno su inmediata publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado» y mando a los ciudadanos y a las autoridades que la cumplan y la hagan cumplir.
Pamplona, 20 de marzo de 2025.–La Presidenta de la Comunidad Foral de Navarra, María Chivite Navascués.
(Publicada en el «Boletín Oficial de Navarra» número 62, de 27 de marzo de 2025)