FELIPE VI
REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente ley orgánica:
PREÁMBULO
I
La Comisión de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Congreso de los Diputados aprobó el Dictamen del Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, con la introducción de una disposición final primera de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Al tratarse de una modificación de carácter orgánico procedía su desglose respecto del conjunto del texto del Proyecto de Ley de carácter ordinario, y en consecuencia, el Pleno de la Cámara, en su sesión de 9 de junio de 2022, aprobó dicho desglose del que resulta la presente ley orgánica complementaria de la Ley General de Telecomunicaciones, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
Se modifica el artículo 58 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, añadiendo un nuevo apartado cuarto, quedando redactado el artículo de la siguiente forma:
Entrada en vigor.
La presente ley orgánica entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta ley orgánica.
Madrid, 28 de junio de 2022.
FELIPE R.
El Presidente del Gobierno,
PEDRO SÁNCHEZ PÉREZ-CASTEJÓN