Resumen del Artículo 146

Artículo 146 del Ley Orgánica de Educación (LOE) — Evaluación de la función directiva. 1. Con el fin de mejorar el funcionamiento de los centros educativos, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán elaborar planes para la valoración de la función directiva. 2. La evaluación de la función…

LOEVigenteActualizado: 16 de abril de 2026

Artículo 146

1. Con el fin de mejorar el funcionamiento de los centros educativos, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán elaborar planes para la valoración de la función directiva.

2. La evaluación de la función directiva de centros, servicios y programas será realizada por el cuerpo de inspectores de educación y formará parte de sus competencias.

Norma publicada: 3 de mayo de 2006

Fuente oficial: BOE

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Preguntas frecuentes sobre el Artículo 146

¿Qué dice el Artículo 146 del LOE?

Evaluación de la función directiva. 1. Con el fin de mejorar el funcionamiento de los centros educativos, las Administraciones educativas, en el ámbito de sus competencias, podrán elaborar planes…

¿El Artículo 146 del LOE está vigente?

El artículo 146 del LOE está vigente.

¿Dónde se ubica el Artículo 146 dentro del LOE?

Forma parte del articulado del Ley Orgánica de Educación.

¿Dónde puedo consultar el texto oficial del Artículo 146?

El texto oficial y vinculante está publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Pensso reproduce una versión consolidada con valor informativo y enlaza siempre a la fuente oficial.

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