resolucionVigente

Modificación n.° 1 del Acuerdo Administrativo entre la Agencia Estatal de Investigación del Reino de España y la Empresa Común para los Chips n.° Ed 2022.37, hecho en Madrid y Bruselas el 16 y 18 de septiembre de 2025.

BOE-A-2025-19597·3 de octubre de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es la Modificación N.º 1 del Acuerdo Administrativo entre la Agencia Estatal de Investigación (AEI) del Reino de España y la Empresa Común para los Chips (Chips JU), firmado originalmente en septiembre de 2022. La modificación fue firmada en Madrid y Bruselas el 16 y 18 de septiembre de 2025, y entra en vigor el 28 de septiembre de 2025. Objeto Principal: El propósito principal de esta modificación es actualizar el Acuerdo Administrativo original para reflejar cambios regulatorios y ampliar su alcance. Esto incluye la incorporación de referencias al Reglamento (UE) 2021/694, que establece el Programa Europa Digital, y la actualización de definiciones. A quién afecta: Esta modificación afecta directamente a la Agencia Estatal de Investigación (AEI) del Reino de España y a la Empresa Común para los Chips (Chips JU). Indirectamente, afecta a los proyectos de investigación y desarrollo financiados a través de este acuerdo, así como a los investigadores y entidades involucradas en el ámbito de las tecnologías de chips en Europa. Disposiciones Relevantes: Preámbulo: Se añade un nuevo considerando para incluir una referencia al Reglamento (UE) 2021/694 del Programa Europa Digital. Ámbito de aplicación: Se amplía el ámbito de aplicación del acuerdo administrativo para incluir referencias al Programa Europa Digital. Definiciones: Se actualiza la definición del apartado 3 y se añade un nuevo apartado para reflejar los cambios regulatorios. Supervisión técnica y presentación de informes: Se sustituye el apartado 1 del artículo 6 para actualizar los procedimientos de supervisión técnica y presentación de informes. Supervisión Financiera y Pagos: Se sustituye el párrafo 1 del artículo 7 para actualizar los procedimientos de supervisión financiera y pagos. Mantenimiento del Acuerdo Original: Se especifica que todas las demás disposiciones del Acuerdo Administrativo original permanecen sin cambios. Entrada en Vigor:** La modificación entra en vigor diez días después de la fecha de la última firma, es decir, el 28 de septiembre de 2025. En resumen, esta modificación busca alinear el Acuerdo Administrativo con las nuevas regulaciones europeas, particularmente con el Programa Europa Digital, asegurando así la continuidad y eficacia de la colaboración entre la AEI y la Empresa Común para los Chips.

MODIFICACIÓN N.º 1 DEL ACUERDO ADMINISTRATIVO ENTRE LA AGENCIA ESTATAL DE INVESTIGACIÓN DEL REINO DE ESPAÑA Y LA EMPRESA COMÚN PARA LOS CHIPS N.º ED 2022.37

1. La Empresa Común para los Chips («Chips JU»), representada a los efectos de la firma de la presente modificación por su Director Ejecutivo Prof. Jari Kinaret,

y

2. La Agencia Estatal de Investigación (AEI) del Reino de España, en lo sucesivo la «autoridad nacional de financiación», designada por el Reino de España, de conformidad con el artículo 127, apartado 2, del Reglamento 2021/2085, con NIF ESQ2802338J, representada a los efectos de la firma de la presente modificación por su Director José Manuel Fernández de Labastida del Olmo.

En lo sucesivo las «Partes».

Visto el mencionado Acuerdo Administrativo celebrado entre la Agencia Estatal de Investigación y la Empresa Común Chips hecho en Madrid y Bruselas, el 12 y el 22 de septiembre de 2022,

Considerando que

el Reglamento (UE) 2023/1782 del Consejo de 25 de julio de 2023 que modifica el Reglamento (UE) 2021/2085, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa, en lo que respecta a la Empresa Común para los Chips, modifica la denominación de la Empresa Común para las Tecnologías Digitales Clave en su artículo 1 y que la nueva denominación es Empresa Común para los Chips.

Reglamento (UE) 2023/1782 del Consejo de 25 de julio de 2023 que modifica el Reglamento (UE) 2021/2085, por el que se establecen las empresas comunes en el marco de Horizonte Europa, en lo que respecta a la Empresa Común para los Chips L 229, 18 de septiembre de 2023, pp. 55-62.

la Empresa Común para los Chips ha solicitado a la AEI que modifique el mencionado Acuerdo Administrativo para incluir una referencia al Reglamento por el que se establece el Programa Europa Digital.

Reglamento (UE) 2021/694 del Parlamento europeo y del Consejo de 29 abril 2021 por el que se establece el Programa Europa Digital y por el que se deroga la Decisión (UE) 2015/2240. «Diario Oficial de la Unión Europea», L 166, 11 de mayo 2021, pp. 1-34.

Artículo 1.

En el preámbulo del Acuerdo administrativo, se añade el siguiente «considerando» (considerando 3 bis):

Artículo 2.

En el artículo 1 (Ámbito de aplicación y vigencia del Acuerdo), apartado 2, se añade las letras siguientes:

Artículo 3.

1. En el artículo 2 (Definiciones), el apartado 3 se sustituye por el texto siguiente:

2. Se añade el apartado siguiente:

Artículo 4.

En el artículo 6 (Supervisión técnica y presentación de informes), el apartado 1 se sustituye por el texto siguiente:

Artículo 5.

Empresa Común para los Chips en el artículo 7 (Supervisión Financiera y Pagos), el párrafo 1 se sustituye por:

Artículo 6.

Todas las demás disposiciones del Acuerdo administrativo se mantendrán sin cambios.

Artículo 7.

La presente modificación formará parte integrante del Acuerdo Administrativo y entrará en vigor 10 días después de la fecha en que sea firmada por la última de las Partes.

La presente Modificación entrará en vigor el 28 de septiembre de 2025, diez días después de la última de sus firmas, según se establece en su artículo 7.

Madrid, 26 de septiembre de 2025.–La Secretaria General Técnica, Carmen Burguillo Burgos.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.