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Orden AEC/2826/2009, de 5 de octubre, por la que se crea una Oficina Consular Honoraria de España en Salalah (Omán).

BOE-A-2009-16794·23 de octubre de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial (Orden AEC/2826/2009) emitida por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España. Su objeto principal es la creación de una Oficina Consular Honoraria de España en Salalah, Omán. La orden afecta principalmente a: El Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación de España. La Embajada de España en Mascate (Omán), de la cual dependerá la nueva oficina. Los ciudadanos españoles que se encuentren en Salalah, ya sea de forma temporal o permanente, y que requieran asistencia consular. El futuro Cónsul Honorario que dirija la oficina. Las disposiciones más relevantes son: Creación de la Oficina Consular Honoraria: Se establece formalmente la creación de una Oficina Consular Honoraria en Salalah, Omán, con jurisdicción en dicha ciudad. Categoría de la Oficina: Se define la categoría de la oficina como Consulado Honorario. Dependencia Jerárquica: Se especifica que la Oficina Consular Honoraria dependerá de la Embajada de España en Mascate. Categoría del Jefe de la Oficina: Se establece que el jefe de la Oficina Consular Honoraria tendrá la categoría de Cónsul Honorario, de acuerdo con el Convenio de Viena sobre relaciones consulares. Justificación:** La orden justifica la creación de la oficina debido al aumento del tráfico de buques españoles en el puerto de Salalah y la necesidad de mejorar la asistencia consular a los ciudadanos españoles en esa región, dada la distancia con la capital, Mascate. En resumen, la orden ministerial busca mejorar la protección y asistencia consular a los ciudadanos españoles en Salalah, Omán, mediante la creación de una oficina consular honoraria dependiente de la embajada en Mascate.

El Puerto de Salalah, uno de los más importantes del Sultanato de Omán, por lo que se refiere al tránsito de mercancías y personas y el más importante de la región en cuanto a tráfico de contenedores, ha experimentado un considerable aumento de escalas por parte de buques españoles, tanto de cargo como pertenecientes a la Armada, con un notable incremento de actuaciones consulares en esa ciudad. Ambas circunstancias, aumento de actividad consular en Salalah y la gran distancia que la separa de Mascate, capital de Omán, hacen aconsejable la creación de una Oficina Consular Honoraria en esa ciudad ya que ello ayudaría a la mejor asistencia consular que puedan necesitar los ciudadanos españoles que pasan por allí.

Por ello, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Mascate y con el informe favorable de la Secretaría General de Asuntos Consulares y Migratorios y de la Dirección General de Política Exterior para el Mediterráneo, Magreb y Oriente Próximo, he tenido a bien disponer:

Primero.–Se crea una Oficina Consular Honoraria en Salalah (Omán), con jurisdicción en la ciudad de Salalah, con categoría de Consulado Honorario y dependiente de la Embajada de España en Mascate (Sultanato de Omán).

Segundo.–El Jefe de la Oficina Consular Honoraria tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre relaciones consulares de 24 de abril de 1963, categoría de Cónsul Honorario.

Madrid, 5 de octubre de 2009.–El Ministro de Asuntos Exteriores y de Cooperación, Miguel Ángel Moratinos Cuyaubé.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.