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Orden ARM/574/2010, de 4 de marzo, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.

BOE-A-2010-4134·12 de marzo de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial (ARM/574/2010) del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino de España. Su objeto principal es modificar el Anexo I del Real Decreto 2129/2008, que establece el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España, dentro del Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las Razas Ganaderas. Esta orden afecta principalmente a los ganaderos, criadores, asociaciones de razas ganaderas, las Comunidades Autónomas con competencias en materia de ganadería, y a la administración pública encargada de la gestión y control de las razas de ganado en España. Las disposiciones más relevantes son: Modificación del nombre de una raza caprina: Se corrige la denominación de la raza "Moncayo" a "Moncaína" dentro del listado de razas caprinas. Actualización del listado de razas aviares: Se actualiza la lista de razas aviares incluidas en el Catálogo Oficial, añadiendo nuevas razas y consolidando las existentes. La lista revisada incluye razas como Andaluza Azul, Valenciana de Chulilla, Euskal Oiloa, entre otras. Habilitación legal: La orden se basa en la habilitación otorgada al Ministro por el Real Decreto 2129/2008 para modificar el Catálogo Oficial de Razas de Ganado, previo informe favorable de la Comisión Nacional de Coordinación. Entrada en vigor: La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, la Orden Ministerial busca mantener actualizado el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España, reflejando los cambios y reconocimientos de nuevas razas, así como corrigiendo errores en las denominaciones, con el fin de garantizar la correcta gestión y conservación de la diversidad genética del ganado español.

El Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, tiene por objeto establecer las normas básicas y de coordinación de dicho Programa nacional y la regulación de la normativa zootécnica de los animales de raza y equidos registrados.

Dicha disposición incorpora en el anexo I el Catálogo Oficial de Razas de Ganado de España.

De acuerdo con el artículo 6 del citado Real Decreto, el reconocimiento, clasificación e incorporación de razas en el catálogo oficial será realizado de acuerdo a los procedimientos establecidos a estos efectos por la Comisión Nacional de Coordinación prevista en el artículo 34, que incluirán en todo caso la presentación y análisis de la documentación de la correspondiente raza, así como el preceptivo informe de la misma.

El objeto de esta orden es actualizar dicho anexo, mediante su modificación incluyendo varias razas en el mismo, y cambiando la denominación de otra, y se basa, en las propuestas que la Junta de Castilla y León, la Comunidad de Madrid y la de Aragón han presentado ante la Comisión Nacional de Coordinación, que emitió el informe favorable en su reunión del 5 de mayo de 2009.

En la elaboración de la presente orden han sido consultadas las comunidades autónomas y las entidades representativas del sector.

La presente orden se dicta al amparo de la habilitación contenida en la disposición final quinta del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, que faculta al Ministro de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino para modificar, previo informe de la Comisión Nacional de Coordinación, el Catálogo Oficial de Razas de Ganado previsto en el anexo I.

En su virtud, dispongo:

Artículo único. Modificación del anexo I del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas.

El anexo I del Real Decreto 2129/2008, de 26 de diciembre, por el que se establece el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas, queda modificado como sigue:

Uno. En el número 3.º de la letra b) del apartado 1 (especie caprina), donde dice: «Moncayo», pasa a decir: «Moncaína».

Dos. El número 7.º de la letra b) del apartado 1, especies aviares, queda redactado como sigue:

«7.º Especies aviares: Andaluza Azul, Valenciana de Chulilla, Euskal Oiloa, Gallina Empordanesa, Galiña de Mos, Gallina del Prat, Mallorquina, Menorquina, Murciana, Pita Pinta, Penedesenca, Utrerana, Indio de León, Pardo de León, Gallina Castellana Negra, Oca Empurdanesa y Euskal Antzara.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 4 de marzo de 2010.–La Ministra de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, Elena Espinosa Mangana.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.