ordenVigente

Orden AUC/1008/2022, de 18 de octubre, por la que se suprime la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en El Pireo, en la República Helénica.

BOE-A-2022-17419·25 de octubre de 2022·Ver en BOE ↗

Resumen

Orden ministerial que suprime el Consulado Honorario de España en El Pireo (Grecia) debido a su declive de actividad y la cobertura de sus funciones por la Embajada de España en Atenas. Afecta a la colonia española y a los españoles transeúntes en El Pireo, cuya circunscripción pasa a depender de la sección consular de la Embajada en Atenas. La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE.

La actividad del Consulado Honorario de España en El Pireo ha sufrido un constate declive, debido principalmente a la integración de esta ciudad en el área metropolitana de Atenas, donde se encuentra la Embajada de España. Como consecuencia de esto, las necesidades de la colonia española y de los españoles transeúntes quedan cubiertas por la sección consular de la mencionada Embajada, eliminando la necesidad de mantener una Oficina Consular honoraria en El Pireo.

Por ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, en relación con el Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Atenas, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:

Artículo único. Supresión de la Oficina Consular honoraria en El Pireo e integración de su circunscripción.

Se suprime la Oficina Consular honoraria, con categoría de Consulado Honorario de España, en El Pireo, en la República Helénica. Su circunscripción quedará integrada en la correspondiente a la sección consular de la Embajada de España en Atenas.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de octubre de 2022.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.