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Orden AUC/532/2024, de 21 de mayo, por la que se crea la Oficina Consular Honoraria en Hyderabad, con categoría de Consulado Honorario, en la República de la India.

BOE-A-2024-11375·5 de junio de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial (AUC/532/2024) del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España, publicada el 21 de mayo de 2024. Objeto Principal: La orden crea una Oficina Consular Honoraria en Hyderabad, India, con la categoría de Consulado Honorario. Su circunscripción consular abarcará el estado de Telangana. A quién afecta: Ciudadanos españoles residentes o que viajen al estado de Telangana, India, quienes se beneficiarán de la asistencia y protección consular. El Consulado General de España en Mumbai, del cual dependerá la nueva oficina consular honoraria. El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que deberá gestionar el funcionamiento de la nueva oficina con los recursos existentes. Potencialmente, a empresas y organizaciones españolas con intereses en la región, al facilitar las relaciones con las autoridades locales. Disposiciones Relevantes: Creación del Consulado Honorario: Se establece formalmente la creación de la oficina consular en Hyderabad, especificando su categoría (Consulado Honorario) y su jurisdicción geográfica (estado de Telangana). Dependencia del Consulado General en Mumbai: Se define que la nueva oficina dependerá administrativamente del Consulado General de España en Mumbai. Designación del Cónsul Honorario: Se indica que el titular de la oficina tendrá la categoría de Cónsul Honorario, conforme al Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares. Sin Incremento de Gasto: Se explicita que la creación de esta oficina no implicará un aumento en el gasto de personal, y su funcionamiento se cubrirá con los recursos ya disponibles del Ministerio. Entrada en Vigor:** La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, la orden busca mejorar la asistencia consular a los ciudadanos españoles en la India, particularmente en el estado de Telangana, aprovechando la creciente presencia española y la importancia económica de la región, sin generar costos adicionales para el Estado.

En la actualidad, la demarcación consular del Consulado General de España en Mumbai cuenta con 515 residentes españoles y dos Consulados Honorarios: uno en el estado de Tamil Nadu (con sede en Chennai, antes en Madrás) y otro en el de Karnataka (con sede en Bangalore). Hyderabad es la cuarta ciudad más poblada de la India después de Mumbai, Deli y Bangalore y el estado de Telangana acoge una pequeña pero creciente comunidad de españoles que ha adquirido la nacionalidad por opción. La oficina de BLS en Hyderabad es la quinta que más solicitudes de visado recibe de su demarcación consular tras Mumbai, Bangalore, Chennai –donde ya existe un Consulado General u Honorario– y Ahmedabad. Hyderabad constituye también el polo de la industria farmacéutica y de la biotecnología en la India y la sede de empresas de tecnologías de la información y la comunicación y de grandes multinacionales.

La creación de este nuevo Consulado Honorario prestará un servicio de asistencia y protección a los ciudadanos españoles que se encuentran en Hyderabad. Ayudará a gestionar con mayor eficacia y celeridad las emergencias consulares y a facilitar las relaciones con las autoridades del estado y de la comunidad empresarial, académica y artística. Asimismo, permitiría reforzar la presencia de España en el estado de Telangana y dotar de mayor coherencia a la red consular dependiente de la Embajada de España en Nueva Deli.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de España en Mumbai y con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General para América del Norte, Europa Oriental, Asia y Pacífico, dispongo:

Artículo 1. Creación de la Oficina Consular honoraria en Hyderabad y delimitación de su circunscripción.

Se crea la Oficina Consular honoraria en Hyderabad, con categoría de Consulado Honorario, y con circunscripción consular en el estado de Telangana, en la República de la India.

Artículo 2. Dependencia de la Oficina Consular honoraria en Hyderabad.

La Oficina Consular honoraria en Hyderabad, con categoría de Consulado Honorario, dependerá del Consulado General de España en Mumbai.

Artículo 3. Jefatura de la Oficina Consular honoraria de España en Hyderabad.

La persona titular del Consulado Honorario de España en Hyderabad tendrá, de conformidad con el artículo 9 del Convenio de Viena sobre Relaciones Consulares, de 24 de abril de 1963, categoría de cónsul honorario.

Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.

La creación de la Oficina Consular honoraria no supondrá incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de mayo de 2024.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.