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Orden AUC/533/2024, de 21 de mayo, por la que se suprime la Oficina Consular Honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario de España, en Saint Pierre et Miquelon, en la Colectividad Territorial de San Pedro y Miquelón de la República Francesa.

BOE-A-2024-11376·5 de junio de 2024·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden (AUC/533/2024) del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación de España, publicada el 21 de mayo de 2024, que tiene como objeto principal la supresión del Viceconsulado Honorario de España en Saint Pierre et Miquelon, una colectividad territorial francesa de ultramar. A quién afecta: Principalmente, al Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, que deja de tener una representación consular en dicho territorio. Potencialmente, a los ciudadanos españoles residentes o que requieran servicios consulares en Saint Pierre et Miquelon, aunque el documento indica que actualmente solo hay cuatro residentes inscritos y que no se han realizado actuaciones consulares allí desde 2005. En adelante, estos ciudadanos deberán dirigirse al Consulado General de España en París para cualquier trámite. Disposiciones más relevantes: Artículo 1: Supresión del Viceconsulado Honorario. Se establece formalmente la supresión de la oficina consular. Justificación de la supresión: La orden argumenta la supresión basándose en la inactividad del Viceconsulado desde 2005, la escasa población española residente en el archipiélago, y la obsolescencia de los motivos que justificaron su creación (posiblemente vinculados a la industria pesquera). Se menciona que el único vicecónsul conocido ocupó el cargo durante 50 años hasta 2005. No incremento del gasto: Se especifica que la supresión no implicará un aumento del gasto de personal, ya que se atenderá con los recursos existentes del Ministerio. Entrada en vigor: La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, la orden formaliza la clausura de una oficina consular inactiva y de escasa utilidad práctica, optimizando así los recursos del Ministerio de Asuntos Exteriores.

El Viceconsulado Honorario en Saint Pierre et Miquelon depende del Consulado General de España en París. Se sitúa en el pequeño archipiélago francés de Saint Pierre et Miquelon, ubicado en el Atlántico Norte, junto a las costas de Terranova (Canadá), y tiene la consideración administrativa de colectividad de ultramar francesa.

Dado que apenas existen referencias de este Viceconsulado en los archivos del Consulado General de España en París y de la Embajada de España en Francia, se desconoce su fecha de creación exacta y los motivos que la justificaron. Se creó probablemente en 1954, ya que en el Consulado General de París se dispone de una copia del «Boletín Oficial del Ministerio de Asuntos Exteriores» de diciembre de ese año, en que se hace mención a una disposición del 25 de octubre «Autorizando al Cónsul General de España en París para nombrar Vicecónsul Honorario de España en Saint Pierre y Miquelon al Sr. René J. Dagort». Dicho vicecónsul fue posiblemente el único que ha ocupado el cargo, en el que permaneció de forma ininterrumpida durante cincuenta años hasta su cese por motivos de salud en 2005. Desde entonces no se tiene ninguna referencia de este Viceconsulado, no se ha realizado el nombramiento de otro vicecónsul, ni se ha realizado allí ninguna actuación consular.

En cuanto a los motivos para crearlo, cualesquiera que fueran, aunque posiblemente vinculados a la industria pesquera, se considera que no subsisten en la actualidad. La población existente en el archipiélago ronda apenas las seis mil personas, dedicadas casi en exclusiva a la industria pesquera. En el Registro de Matrícula Consular constan únicamente cuatro residentes, tres de ellos familiares entre sí, inscritos en 2010, y un cuarto registrado en 2019.

Por todo ello, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.1 de la Ley 2/2014, de 25 de marzo, de la Acción y del Servicio Exterior del Estado, y con arreglo al Reglamento de los Agentes Consulares Honorarios de España en el extranjero, aprobado por el Real Decreto 1390/2007, de 29 de octubre, a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por el Consulado General de España en París, con el informe favorable de la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y de la Dirección General de Europa Occidental, Central y Sudeste de Europa, dispongo:

Artículo 1. Supresión de la Oficina Viceconsular Honoraria en Saint Pierre et Miquelon.

Se suprime la Oficina Consular honoraria, con categoría de Viceconsulado Honorario, en Saint Pierre et Miquelon, en la Colectividad Territorial de San Pedro y Miquelón de la República Francesa.

Disposición adicional única. No incremento del gasto de personal.

Estas modificaciones no supondrán incremento alguno del gasto de personal, de conformidad con lo establecido en el apartado uno de la disposición adicional trigésima tercera de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023. Su funcionamiento se atenderá con los medios materiales y personales de que dispone actualmente el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 21 de mayo de 2024.–El Ministro de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, José Manuel Albares Bueno.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.