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Orden CLT/534/2025, de 26 de mayo, por la que se modifica la Orden CUL/3021/2006, de 25 de septiembre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

BOE-A-2025-10599·29 de mayo de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial (Orden CLT/534/2025) del Ministerio de Cultura de España, que modifica la Orden CUL/3021/2006, la cual creó la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Cultura y sus organismos públicos. El objeto principal de esta Orden es actualizar la composición y las funciones de la Comisión Calificadora para adaptarla a la nueva estructura orgánica del Ministerio y a las necesidades funcionales actuales. Se busca una gestión más homogénea de los documentos y archivos, en consonancia con las directrices de la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado, y una mejor coordinación con la Comisión Ministerial de Administración Digital en lo referente a documentos electrónicos. Esta Orden afecta directamente al Ministerio de Cultura y a sus organismos públicos, así como a los funcionarios y personal involucrado en la gestión de documentos y archivos dentro de estas entidades. Las disposiciones más relevantes incluyen: Modificación de la composición de la Comisión: Se actualiza la representación de los centros directivos y organismos del Ministerio, asegurando la presencia de todos los implicados, ya sea de forma permanente o según los asuntos a tratar. Ampliación de las funciones de la Comisión: Se le encomienda impulsar el cumplimiento de las instrucciones y recomendaciones de la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado, buscando una gestión documental homogénea. Coordinación con la Administración Digital: Se establece la coordinación con la Comisión Ministerial de Administración Digital en el desarrollo y gestión de archivos y documentos electrónicos, así como en los planes que incluyan medidas archivísticas. Entrada en vigor: La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE). En resumen, la Orden busca modernizar y optimizar la gestión documental dentro del Ministerio de Cultura, adaptándola a las nuevas tecnologías y a las directrices generales de la Administración Pública en materia de archivos y documentos.

La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, en su artículo 58, atribuye la calificación y utilización de los documentos de la Administración del Estado y del sector público estatal, así como su integración en los archivos y el régimen de acceso e inutilidad administrativa de tales documentos a una Comisión Superior Calificadora de Documentos Administrativos, cuya composición, funcionamiento y competencias específicas se establecen por el Real Decreto 1401/2007, de 29 de octubre.

Asimismo, el artículo 58 de la citada Ley dispone que podrán constituirse comisiones calificadoras en los organismos públicos que se determine. El Real Decreto 1164/2002, de 8 de noviembre, por el que se regula la conservación del patrimonio documental con valor histórico, el control de la eliminación de otros documentos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos y la conservación de documentos administrativos en soporte distinto al original, prevé en su disposición transitoria única, la creación, mediante orden ministerial, de una Comisión Calificadora de Documentos Administrativos para cada uno de los departamentos ministeriales.

En cumplimiento de dicha normativa, el Ministerio de Cultura, mediante la Orden CUL/3021/2006, de 25 de septiembre, creó la correspondiente Comisión para el ámbito de su departamento y de los organismos públicos dependientes del mismo.

Debido al tiempo transcurrido y a los cambios habidos se hace necesario modificar la orden citada para adaptarla a la nueva situación orgánica del departamento y a las necesidades funcionales de la Comisión.

En este sentido, en la composición de la Comisión se ha previsto la presencia de todos los centros directivos y organismos del departamento, bien de forma permanente o bien en función de los asuntos a tratar que les puedan afectar.

En cuanto a nuevas funciones, a la Comisión se le atribuye la misión de impulsar dentro del Ministerio el cumplimiento de las instrucciones y recomendaciones emitidas por la Comisión de Archivos de la Administración General del Estado, de modo que se logre una gestión homogénea en todo el departamento ajustada a los criterios fijados por la mencionada comisión.

Asimismo, y como novedad relevante también, a la comisión se le encomienda la coordinación con la Comisión Ministerial de Administración Digital en todo lo referente al desarrollo y gestión de los archivos y documentos electrónicos, así como de los planes que pudieran incluir medidas en materia archivística.

La aprobación de la norma proyectada está en consonancia con los principios de buena regulación recogidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en particular, los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. Así, atiende a la necesidad de modificar la orden vigente de acuerdo con la nueva estructura organizativa del departamento, así como revisar las funciones atribuidas a la Comisión de acuerdo con la normativa vigente.

Además, es eficaz y proporcionada pues no existe otra alternativa para llevar a cabo la pertinente adaptación y no afecta en forma alguna a los derechos y deberes de los ciudadanos. También contribuye a dotar de mayor seguridad jurídica pues es coherente con el resto del ordenamiento jurídico. Cumple también con el principio de transparencia, ya que identifica claramente su propósito y esta parte expositiva y la memoria ofrecen una explicación completa de su contenido. Dado que se trata de una norma puramente organizativa, su tramitación se encuentra exenta de la consulta pública previa y de los trámites de audiencia e información públicas. Finalmente, es también adecuada al principio de eficiencia, ya que no impone cargas administrativas.

En virtud de lo anterior, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden CUL/3021/2006, de 25 de septiembre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.

La Orden CUL/3021/2006, de 25 de septiembre, por la que se crea la Comisión Calificadora de Documentos Administrativos del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos, queda modificada como sigue:

Uno. El artículo 3 queda redactado en los siguientes términos:

Dos. El artículo 4 queda redactado como sigue:

Tres. El apartado 3 del artículo 5 queda redactado como sigue:

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden ministerial entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de mayo de 2025.–El Ministro de Cultura, Ernest Urtasun Domènech.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.