El Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, sobre organización e instrumentos operativos de las tecnologías de la información y las comunicaciones en la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, puso de manifiesto la importancia de contar con unidades de tecnologías de la información y las comunicaciones (unidades TIC) ministeriales, que conocieran profundamente el ámbito de trabajo específico del departamento para diseñar servicios digitales adaptados a las necesidades de ciudadanos y empresas, aprovechando la gran capacitación y el conocimiento especializado del personal TIC para el desarrollo y operación de las aplicaciones sectoriales específicas de cada unidad de negocio.
En este contexto, se crearon las Comisiones Ministeriales de Administración Digital (en adelante, CMAD), como órganos colegiados de ámbito departamental responsables del impulso y de la coordinación interna en cada departamento en materia de Administración digital.
En el Ministerio del Interior es la Orden INT/372/2018, de 28 de marzo, por la que crea la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio del Interior y se regula su composición y funciones, que fue modificada por Orden INT/365/2019, de 27 de marzo.
Con posterioridad, se han creado nuevos centros directivos y se han otorgado nuevas funciones a centros ya existentes. Así, mediante el Real Decreto 146/2021, de 9 de marzo, por el que se modifican el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 734/2020, de 4 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, se crea la Dirección General de Coordinación y Estudios, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad.
Asimismo, mediante el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, se crea, en el ámbito de la Subsecretaría del Interior, la Dirección General de Protección Internacional, a la que se atribuyen las funciones relacionadas con la protección internacional, la apatridia y el régimen de las personas desplazadas.
Conforme a ello y en aras de conseguir la máxima eficacia y racionalización en el cumplimiento de los objetivos departamentales, el Real Decreto 207/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, junto a la descripción de la estructura y funciones de la nueva Dirección General de Protección Internacional, atribuye a la Dirección General de Política Interior, entre otras, las funciones de carácter transversal atribuidas a las subdirecciones generales encargadas de los servicios comunes que, hasta el momento, eran directamente dependientes de la persona titular de la Subsecretaría, con la excepción de las encomendadas a la Subdirección General de la Oficina Presupuestaria.
Entre las funciones que el citado Real Decreto atribuye a la Dirección General de Política Interior se encuentran la elaboración, desarrollo y ejecución de los planes estratégicos y operativos en materia de sistemas de información y telecomunicaciones; de políticas de calidad y gestión de datos del departamento y sus organismos vinculados o dependientes; el impulso de la transformación digital y la innovación en el departamento y en sus diferentes organismos vinculados o dependientes, de forma coordinada con otros Centros directivos que ejerzan funciones análogas en sus respectivos ámbitos de competencia; el asesoramiento y asistencia en materia de tecnologías de la información, así como las funciones atribuidas a la Unidad de Accesibilidad y de Información y en la normativa de desarrollo de accesibilidad web y aplicaciones para dispositivos móviles y de reutilización de la información en el sector público, respectivamente. Estos cambios hacen necesaria una nueva adecuación de la CMAD a la estructura del Departamento.
Con la entrada en vigor del Real Decreto 1125/2024, de 5 de noviembre, por el que se regulan la organización y los instrumentos operativos para la Administración Digital de la Administración del Estado, que deroga el Real Decreto 806/2014, de 19 de septiembre, se dota a la Administración del Estado de una arquitectura organizativa en materia TIC que permita afrontar con éxito el reto de la transformación digital de las administraciones públicas, siendo uno de los ejes fundamentales, en el ámbito departamental, las Comisiones Ministeriales de Administración Digital.
El citado Real Decreto obliga a los departamentos a, en el plazo de cinco meses desde la entrada en vigor, adaptar las órdenes ministeriales reguladoras de las Comisiones Ministeriales al nuevo marco normativo.
Con este fin, se incorporan las modificaciones al texto que, establecidas por real decreto, son necesarias para coadyuvar a que la agilidad y la eficiencia en los procesos de planificación, ejecución y control en el ámbito de la transformación digital de la administración se lleven a cabo sin merma de la seguridad jurídica.
En cuanto a su contenido y tramitación, esta orden observa los principios de buena regulación a que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Cumple con los principios de necesidad y eficacia, en el sentido enunciado en los párrafos anteriores, donde se explican la necesidad y fines perseguidos con su aprobación, y es acorde también con el principio de proporcionalidad, al ser el medio más adecuado para cumplir estos objetivos, y con el principio de seguridad jurídica dada su integración en el ordenamiento jurídico.
Asimismo, al modificar la CMAD del Ministerio de Interior, con la finalidad de adaptarla a la nueva estructura organizativa del Departamento, se cumple con el principio de transparencia, puesto que se atiende a la necesaria modernización de la Administración y el empleo de medios electrónicos para facilitar la participación, la transparencia y el acceso a la información y, por último, es coherente con el principio de eficiencia, ya que es una norma que no supone un incremento de cargas administrativas.
En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, dispongo:
Modificación de la Orden INT/372/2018, de 28 de marzo, por la que se crea y se regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio del Interior.
La Orden INT/372/2018, de 28 de marzo, por la que se crea y se regula el funcionamiento de la Comisión Ministerial de Administración Digital del Ministerio del Interior, queda modificada en los siguientes términos:
Uno. Se modifican los apartados 1 y 2 del artículo 2, que quedan redactados como sigue:
Dos. Se modifica el apartado 2 del artículo 3, que queda redactado en los siguientes términos:
Tres. El artículo 4 queda redactado del siguiente modo:
Cuatro. El artículo 5 queda redactado del siguiente modo:
Entrada en vigor.
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 13 de enero de 2025.–El Ministro Del Interior, Fernando Grande-Marlaska Gómez.