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Orden JUS/990/2011, de 5 de abril, por la que se manda expedir, en trámite de ejecución de sentencia y sin perjuicio de tercero de mejor derecho, Real Carta de Sucesión en el título de Barón de Liñola, a favor de doña Pilar-Paloma de Casanova y Barón.

BOE-A-2011-7193·21 de abril de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial (Orden JUS/990/2011) emitida por el Ministerio de Justicia de España, en nombre del Rey, en ejecución de una sentencia judicial firme. El objeto principal de la Orden es rectificar una sucesión nobiliaria previa y ordenar la expedición de una nueva Real Carta de Sucesión en el título de Barón de Liñola. Específicamente, revoca una orden anterior que otorgaba el título a Don Luis María de Casanova y Barón y, en su lugar, ordena que se expida la Real Carta a favor de Doña Pilar-Paloma de Casanova y Barón. Esta Orden afecta directamente a: Doña Pilar-Paloma de Casanova y Barón: Se le concede el título de Baronesa de Liñola, una vez que pague el impuesto correspondiente. Don Luis María de Casanova y Barón: Se le revoca el título que ostentaba previamente. El Ministerio de Justicia: Es el responsable de ejecutar la sentencia judicial y expedir la nueva Real Carta. Terceros con posible mejor derecho: La concesión se hace "sin perjuicio de tercero de mejor derecho", lo que significa que si alguien más tiene una reclamación legítima superior sobre el título, esta orden no impide que pueda hacerla valer. Las disposiciones más relevantes son: Revocación de la Orden anterior: Se anula la Orden de 25 de julio de 2003 que concedía el título a Don Luis María. Cancelación de la Real Carta anterior: Se cancela la Real Carta de Sucesión expedida a favor de Don Luis María, quien debe devolverla al Ministerio. Expedición de la nueva Real Carta: Se ordena la expedición de una nueva Real Carta a favor de Doña Pilar-Paloma, condicionada al pago del impuesto correspondiente y sin perjuicio de terceros. Fundamento legal: La Orden se basa en el artículo 10 del Real Decreto de 13 de noviembre de 1922 y en la ejecución de una sentencia firme de la Audiencia Provincial de Lérida.

De conformidad con lo prevenido en el artículo 10 del Real Decreto de 13 de noviembre de 1922, este Ministerio, en nombre de S.M. el Rey, y en ejecución de la sentencia firme de fecha 24 de noviembre de 2009, dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lérida, ha tenido a bien disponer:

Primero.–Revocar la Orden de 25 de julio de 2003, por la que se mandó expedir Real Carta de Sucesión en el título de Barón de Liñola, a favor de don Luis María de Casanova y Barón.

Segundo.–Cancelar la Real Carta de Sucesión en el referido título de fecha 16 de octubre de 2003, expedida en virtud de la anterior Orden, que será devuelta a este Ministerio a los efectos procedentes.

Tercero.–Expedir, sin perjuicio de tercero de mejor derecho, Real Carta de Sucesión en el título de Barón de Liñola, a favor de doña Pilar-Paloma de Casanova y Barón, previo pago del impuesto correspondiente.

Madrid, 5 de abril de 2011.–El Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.