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Orden TMD/901/2025, de 5 de agosto, por la que se modifica la Orden TMD/369/2024, de 24 de abril, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Mesa de Contratación de los Servicios Periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno.

BOE-A-2025-16601·11 de agosto de 2025·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es una Orden Ministerial, específicamente la Orden TMD/901/2025, de 5 de agosto, que modifica la Orden TMD/369/2024, de 24 de abril. El objeto principal de esta orden es modificar la composición de la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. La orden afecta directamente al Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, a sus órganos de contratación (Junta y Mesa de Contratación), y a los funcionarios que los integran. Indirectamente, afecta a los licitadores y contratistas que interactúan con el Ministerio. Las disposiciones más relevantes son: Modificación de la composición de la Junta y Mesa de Contratación: La orden modifica los apartados 1 y 2 del artículo 4 de la Orden TMD/369/2024, añadiendo una nueva vocalía en representación de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática. Esto se justifica por la creciente importancia de la contratación pública en el ámbito de la política de memoria democrática y la necesidad de dotar de mayor coherencia y racionalidad al sistema de contratación del Departamento. Justificación de la modificación: Se argumenta que la modificación es necesaria debido a cambios en la estructura del Ministerio (creación de una nueva Dirección General y Comisionados especiales) y a la experiencia acumulada en materia de contratación. Se busca mejorar la eficacia y coherencia del sistema de contratación pública. Cumplimiento de los principios de buena regulación: La orden afirma cumplir con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, transparencia, seguridad jurídica y eficiencia establecidos en la Ley 39/2015 y la Ley 40/2015. Informes previos: Se menciona que la orden ha sido sometida a informe previo de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y de la Abogacía del Estado. Entrada en vigor:** La orden entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La Orden TMD/369/2024, de 24 de abril, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Mesa de Contratación de los Servicios Periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno, regula, entre otras cuestiones, la composición de la Junta y de la Mesa de Contratación de los servicios centrales del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.

Dicha composición se corresponde con la organización del Departamento prevista en el Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, así como por la experiencia que, en el ámbito de la contratación, se había ido acumulando.

Dicha norma ha sido modificada en diferentes ocasiones, bien para la creación de una nueva Dirección General en el ámbito de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática con el Real Decreto 1186/2024, de 28 de noviembre, bien debido a la creación de dos Comisionados especiales: el Comisionado especial para la reconstrucción y reparación de los daños provocados por la DANA en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, creado por el Real Decreto 1160/2024, de 19 de noviembre; y el Comisionado para la celebración de los 50 años de España en Libertad, creado mediante el Real Decreto 1/2025, de 7 de enero.

Adicionalmente la experiencia en el tiempo de vigencia de la Orden TMD/369/2024, de 24 de abril, y las previsiones que en materia de contratación pública en el Departamento se tienen, fundamentalmente para la política del Gobierno en materia de memoria democrática, hacen conveniente la incorporación de una nueva vocalía en representación de la Secretaría de Estado de Memoria Democrática. Y ello, por razones de eficacia y en aras a dotar de la máxima coherencia y racionalidad al sistema de contratación pública en el Departamento.

Esta norma se ajusta a los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puesto que cumple con los principios de necesidad y eficacia, ya que persigue el interés general articulando una modificación pertinente en la composición de los órganos a los que corresponde el ejercicio de determinadas competencias en el ámbito de contratación, conteniendo la regulación imprescindible para atender a dicha necesidad.

Los requisitos de proporcionalidad, transparencia y seguridad jurídica de la orden están garantizados al estar razonablemente engarzada en el ordenamiento jurídico nacional, en particular en los preceptos recogidos en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en el libro cuarto, título I, de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Además, es el instrumento normativo más adecuado para la finalidad que se propone, siendo coherente con el resto del ordenamiento jurídico y evitando cargas administrativas innecesarias y accesorias, respetando así el principio de eficiencia.

Esta orden ha sido sometida a informe previo de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado, de conformidad con lo previsto en el artículo 328.3.c) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, e informada por la Abogacía del Estado en el Departamento.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden TMD/369/2024, de 24 de abril por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Mesa de Contratación de los Servicios Periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno.

Los apartados 1 y 2 del artículo 4 de la Orden TMD/369/2024, de 24 de abril, por la que se crean y regulan la Junta de Contratación y la Mesa de Contratación de los Servicios Centrales en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática y la Mesa de Contratación de los Servicios Periféricos integrados en las Delegaciones del Gobierno, quedan redactados en los siguientes términos:

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 5 de agosto de 2025.–El Ministro de Política Territorial y Memoria Democrática, Ángel Víctor Torres Pérez.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.