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Providencia de 14 de octubre de 2005, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada sobre el artículo 46.2 del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

BOE-A-2005-18678·15 de noviembre de 2005·Ver en BOE ↗

Resumen

Providencia de 14 de octubre de 2005, dictada por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada sobre el artículo 46.2 del Real Decreto 1841/1991, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En la cuestión de ilegalidad n.º 2/05, la Sala Tercera (Sección Primera) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 14 de octubre de 2005, del siguiente tenor:

PROVIDENCIA

Madrid, a catorce de octubre de dos mil cinco. Dada cuenta; se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada sobre el artículo 46.2 del R.D 1841/1991, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo que disponen el art. 124.2 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y remítanse las actuaciones a la sección segunda conforme a las reglas de reparto de asuntos.

Lo acuerda la Sala y firma el Excmo. Sr. Magistrado Ponente; Certifico. Presidente: Excmo. Sr. D. Ramón Trillo Torres; Magistrados: Excmo. Sr. D. José Manuel Sieira Míguez y Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo.

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.