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Providencia de 29 de septiembre de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Quinta de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación con el artículo 140 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de Sociedades.

BOE-A-2006-19679·13 de noviembre de 2006·Ver en BOE ↗

Resumen

Providencia de 29 de septiembre de 2006, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por la Sección Quinta de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en relación con el artículo 140 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de Sociedades.

En la cuestión de ilegalidad n.º 3/2006, la Sala Tercera (Sección Segunda) del Tribunal Supremo ha dictado providencia, en fecha 29 de septiembre de 2006, del siguiente tenor:

PROVIDENCIA

Madrid, a veintinueve de septiembre de dos mil seis.

Se admite a trámite la cuestión de ilegalidad planteada por T.S.J. MADRID CON/AD SEC.5 de Madrid, en relación con el art. 140 del Real Decreto 2631/1982, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Publíquese el planteamiento de esta cuestión en el Boletín Oficial del Estado en cumplimiento de lo que disponen el artículo 124.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Lo acuerda la Sala y firma el Excmo. Sr. Magistrado Ponente; Certifico.

Presidente: Excmo. Sr. D. Rafael Fernández Montalvo; Magistrados: Excmo. Sr. D. Manuel Vicente Garzón Herrero y Excmo. Sr. D. Juan Gonzalo Martínez Micó.

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