decretoVigente

Real Decreto 100/2013, de 8 de febrero, por el que se indulta a doña Tamara Gabarri Borja.

BOE-A-2013-1984·22 de febrero de 2013·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto, específicamente un indulto, emitido el 8 de febrero de 2013. Su objeto principal es conceder el indulto a Doña Tamara Gabarri Borja, quien fue condenada por el Juzgado de lo Penal número 8 de Zaragoza por un delito de robo con violencia, un delito de atentado a agentes de la autoridad y tres faltas de lesiones cometidos en 2009. El Real Decreto afecta directamente a Tamara Gabarri Borja, liberándola de las penas privativas de libertad que aún le quedaban por cumplir. Sin embargo, este indulto está condicionado a dos requisitos: que la beneficiaria continúe con el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y que no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del decreto. Si incumple cualquiera de estas condiciones, el indulto podría ser revocado. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto: Se le perdona a Tamara Gabarri Borja las penas de prisión pendientes. Las condiciones del indulto: Se establecen las condiciones de rehabilitación y no reincidencia que debe cumplir la beneficiaria. La base legal: Se menciona que la decisión se toma tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. La firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de doña Tamara Gabarri Borja, condenada por el Juzgado de lo Penal número 8 de Zaragoza, en sentencia de 12 de marzo de 2010, como autora de un delito de robo con violencia en las personas, a la pena de un año de prisión; un delito de atentado a agentes de la autoridad, a la pena de seis meses de prisión, con las accesorias de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de las condenas; y tres faltas de lesiones, a tres penas de multa de un mes con una cuota diaria de seis euros, por hechos cometidos en el año 2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de febrero de 2013,

Vengo en indultar a doña Tamara Gabarri Borja las penas privativas de libertad pendientes de cumplimiento, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 8 de febrero de 2013.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.