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Real Decreto 1004/2009, de 12 de junio, por el que se indulta a don Ángel Medina Pardo.

BOE-A-2009-11525·11 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto parcial a Ángel Medina Pardo, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión original de ocho años y un día por otra de tres años. El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de siete años.

Visto el expediente de indulto de don Ángel Medina Pardo, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección decimoséptima, en sentencia de 28 de mayo de 1998, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de ocho años y un día de prisión menor, con accesorias de suspensión del derecho de sufragio mientras dure la condena y multa de 101.000.000 de pesetas, por hechos cometidos en el año 1994, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 12 de junio de 2009,

Vengo en conmutar a don Ángel Medina Pardo la pena privativa de libertad impuesta por otra de tres años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de siete años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 12 de junio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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