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Real Decreto 1019/2012, de 29 de junio, por el que se indulta a don Juan Carlos Díaz Alzolar.

BOE-A-2012-9630·18 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1019/2012, de 29 de junio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Juan Carlos Díaz Alzolar, reduciendo en un año la pena privativa de libertad que le fue impuesta. El principal afectado por este decreto es don Juan Carlos Díaz Alzolar, quien fue condenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional por un delito contra la salud pública cometido en 2007. La condena original fue de nueve años y seis meses de prisión, una multa considerable y la inhabilitación para el sufragio. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se le indulta un año de la pena de prisión pendiente. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del decreto. Si comete un nuevo delito doloso durante este período, el indulto podría ser revocado. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión de un individuo condenado por un delito contra la salud pública, sujeto al cumplimiento de una condición de buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Juan Carlos Díaz Alzolar, instado por el Juzgado Central de Menores (con Funciones de Vigilancia Penitenciaria), en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario, condenado por la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, en sentencia de 17 de diciembre de 2008, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y seis meses de prisión y multa de 243.974.435,35 euros, con la accesoria de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2012,

Vengo en indultar a don Juan Carlos Díaz Alzolar un año de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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