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Real Decreto 1025/2012, de 29 de junio, por el que se indulta a don Jonathan Martínez Echegoyen.

BOE-A-2012-9636·18 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1025/2012, de fecha 29 de junio de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Jonathan Martínez Echegoyen, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra por un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa. El Real Decreto afecta directamente a Jonathan Martínez Echegoyen, modificando su condena original. Las disposiciones más relevantes del decreto son las siguientes: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento (nueve meses y un día de prisión) por una pena de nueve meses de multa, pagadera en cuotas diarias de dos euros. El Tribunal sentenciador determinará el inicio y la forma de cumplimiento de la multa. Condiciones del indulto: El indulto está condicionado a que Jonathan Martínez Echegoyen no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y a que no vuelva a cometer ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. El incumplimiento de estas condiciones podría revocar el indulto. El Real Decreto fue emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, y tras la deliberación del Consejo de Ministros.

Visto el expediente de indulto de don Jonathan Martínez Echegoyen, condenado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Pontevedra, en sentencia de 10 de noviembre de 2009, como autor de un delito de robo con fuerza en las cosas en grado de tentativa, a la pena de nueve meses y un día de prisión e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2007, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a don Jonathan Martínez Echegoyen la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de nueve meses de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no abandone el tratamiento iniciado hasta alcanzar la total rehabilitación y no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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