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Real Decreto 1026/2012, de 29 de junio, por el que se indulta a doña María Teresa Mesa Pernia.

BOE-A-2012-9637·18 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1026/2012, de 29 de junio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña María Teresa Mesa Pernia, quien fue condenada por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga por delitos de prevaricación urbanística. El Real Decreto afecta directamente a María Teresa Mesa Pernia, modificando su condena original. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al Tribunal sentenciador, que emitieron informes considerados en la decisión. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original (derivada de la condena por tres delitos de prevaricación urbanística y cuatro delitos continuados de prevaricación urbanística, con un máximo de cumplimiento efectivo de veintisiete meses de prisión) por una pena única de dos años de prisión. Subsistencia de otras penas: Se mantienen vigentes el resto de los pronunciamientos de la sentencia original, incluyendo la inhabilitación especial para empleo o cargo públicos electivos durante diez años por cada delito. Condición suspensiva:** El indulto está condicionado a que María Teresa Mesa Pernia no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese período, el indulto podría ser revocado. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial, reduciendo la pena de prisión de la condenada, pero manteniendo otras sanciones y estableciendo una condición de buena conducta para que el indulto sea efectivo. El documento está firmado por el Rey Juan Carlos I y el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez.

Visto el expediente de indulto de doña María Teresa Mesa Pernia, condenada por el Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga, en sentencia de 20 de octubre de 2009, como autora de tres delitos de prevaricación urbanística y cuatro delitos continuados de prevaricación urbanística, a la pena por cada uno de ellos de nueve meses de prisión, con la accesoria de inhabilitación especial para empleo o cargo públicos electivos durante diez años, por cada delito, con el máximo de cumplimiento efectivo conforme al artículo 76 del Código Penal de veintisiete meses de prisión, por hechos cometidos en los años 2001-2004, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de junio de 2012,

Vengo en conmutar a doña María Teresa Mesa Pernia las penas privativas de libertad impuestas por otra única de dos años de prisión, dejando subsistentes los demás pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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