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Real Decreto 1064/2012, de 6 de julio, por el que se indulta a don Kamel Sedrati.

BOE-A-2012-10027·26 de julio de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1064/2012, de fecha 6 de julio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Don Kamel Sedrati, reduciendo en seis meses la pena de prisión que le fue impuesta. El documento afecta directamente a Don Kamel Sedrati, quien fue condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo por un delito contra la salud pública cometido en 2005. La sentencia original le impuso una pena de seis años de prisión, inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y una multa de 20.000 euros. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se le indultan seis meses de la pena privativa de libertad. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Don Kamel Sedrati no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso en ese periodo, el indulto quedará sin efecto y deberá cumplir la parte de la pena que se le había indultado. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez. En resumen, este Real Decreto representa un acto de clemencia del Estado, reduciendo la pena de prisión de un individuo condenado por un delito, sujeto al cumplimiento de una condición de buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Kamel Sedrati, instado por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria de A Coruña, en base al artículo 206 del Reglamento Penitenciario, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 1 de diciembre de 2008, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Lugo, sección segunda, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de seis años de prisión e inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena y multa de 20.000 euros, por hechos cometidos en el año 2005, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 6 de julio de 2012,

Vengo en indultar a don Kamel Sedrati seis meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 6 de julio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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