Visto el expediente de indulto relativo al Marinero Militar Profesional de Tropa y Marinería don Luis Alberto Mejuto Viñas, condenado por el Tribunal Militar Segundo, con sede en Sevilla, en las diligencias preparatorias número 22/02/03, como autor de un delito de abandono de destino, previsto y penado en el artículo 119 del Código Penal Militar, a la pena de tres meses y un día de prisión, con las accesorias legales de suspensión de cargo público y derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y constando en el mismo los informes favorables del Tribunal Supremo, del Tribunal Sentenciador, del Ministerio Fiscal Jurídico-Militar y del Asesor Jurídico General del Ministerio de Defensa, a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 15 de septiembre de 2006,
Vengo en conceder el indulto total de la pena privativa de libertad y de las accesorias que le fueron impuestas al Marinero Militar Profesional de Tropa y Marinería don Luis Alberto Mejuto Viñas.
Dado en Madrid, el 15 de septiembre de 2006.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Defensa, JOSÉ ANTONIO ALONSO SUÁREZ