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Real Decreto 1074/2009, de 29 de junio, por el que se indulta a doña Souad Lahrach.

BOE-A-2009-12498·28 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede el indulto a Souad Lahrach, condenada por tres delitos de secuestro. La medida, que afecta directamente a la penada, la exime de cumplir la pena privativa de libertad pendiente. Se establece la condición de no cometer ningún delito doloso en un plazo de 14 años para que el indulto sea efectivo.

Visto el expediente de indulto de doña Souad Lahrach, condenada por la Audiencia Provincial, sección primera, de Murcia, en sentencia de 22 de mayo de 2003, como autora de tres delitos de secuestro, a la pena de siete años de prisión por cada uno, con las accesorias de suspensión de empleo o cargo público durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2001, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 26 de junio de 2009,

Vengo en indultar a doña Souad Lahrach la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de 14 años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de junio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.