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Real Decreto 1127/2009, de 3 de julio, por el que se indulta a don Roberto Almansa Flores.

BOE-A-2009-12706·31 de julio de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Roberto Almansa Flores, condenado por un delito contra la salud pública. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, siempre que no cometa un nuevo delito doloso en un plazo de cuatro años. Afecta directamente al Sr. Almansa Flores y establece una condición suspensiva para la aplicación total del indulto.

Visto el expediente de indulto de don Roberto Almansa Flores, condenado por el Tribunal Supremo Sala Segunda de lo Penal, en sentencia de 19 de mayo de 2003, resolutoria de recurso de casación interpuesto contra otra de la sección séptima de la Audiencia Provincial de Alicante, con sede en Elche, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, con la accesoria de suspensión de derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y multa de 18.000 pesetas, por hechos cometidos en el año 1999, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de julio de 2009,

Vengo en conmutar a don Roberto Almansa Flores la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 3 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.