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Real Decreto 115/2019, de 1 de marzo, por el que se indulta a don Rubén Darío Delgado Benito.

BOE-A-2019-3082·4 de marzo de 2019·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 115/2019, de 1 de marzo. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Rubén Darío Delgado Benito, quien fue condenado por un delito continuado de apropiación indebida agravada por razón de la cuantía. El Real Decreto afecta directamente a Rubén Darío Delgado Benito, reduciendo su pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento en un año y ocho meses. Indirectamente, también afecta a la administración de justicia, al modificar la ejecución de la sentencia original. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indulta a Rubén Darío Delgado Benito un año y ocho meses de la pena de prisión que aún debía cumplir. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que el beneficiario no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la parte de la pena que fue indultada. Fundamentación: El indulto se concede considerando los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y se justifica en razones de justicia y equidad, atendiendo a las circunstancias del condenado. Firma y refrendo: El Real Decreto está firmado por el Rey Felipe VI y refrendado por la Ministra de Justicia, Dolores Delgado García, lo que le otorga validez legal.

Visto el expediente de indulto de don Rubén Darío Delgado Benito, condenado por la Sala Segunda de lo Penal del Tribunal Supremo, en sentencia de 8 de julio de 2016, resolutoria del recurso de casación interpuesto contra otra de la Audiencia Provincial de Madrid, sección segunda, como autor de un delito continuado de apropiación indebida agravada por razón de la cuantía, a la pena de tres años, seis meses y un día de prisión, con la accesoria de inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo durante la condena, y a multa de nueve meses, con una cuota diaria de veinte euros, por hechos cometidos en el año 2013, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 1 de marzo de 2019,

Vengo en indultar a don Rubén Darío Delgado Benito un año y ocho meses de la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 1 de marzo de 2019.

FELIPE R.

La Ministra de Justicia,

DOLORES DELGADO GARCÍA

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.