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Real Decreto 1170/2012, de 27 de julio, por el que se indulta a don Oliver Doniz Doniz.

BOE-A-2012-11113·24 de agosto de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1170/2012, emitido el 27 de julio de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Oliver Doniz Doniz, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife por un delito contra la salud pública cometido en 2008. La sentencia original le impuso una pena de tres años de prisión, una multa de 300 euros y la inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. El Real Decreto afecta directamente a Oliver Doniz Doniz, ya que modifica su condena. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de prisión de tres años se conmuta por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Oliver Doniz Doniz no cometa ningún delito doloso en un plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de ese plazo, la conmutación quedará sin efecto y deberá cumplir la pena original. El Real Decreto fue emitido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón Jiménez, y previa deliberación del Consejo de Ministros. La decisión de conceder el indulto se basó en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal.

Visto el expediente de indulto de don Oliver Doniz Doniz, condenado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, sección segunda, en sentencia de 13 de octubre de 2010, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 300 euros, con accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2008, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de julio de 2012,

Vengo en conmutar a don Oliver Doniz Doniz la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de julio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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