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Real Decreto 1174/2012, de 27 de julio, por el que se indulta a don Juan Martín-Moreno Palomo.

BOE-A-2012-11117·24 de agosto de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el 1174/2012, emitido el 27 de julio de 2012. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Juan Martín-Moreno Palomo, quien fue condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz por un delito de lesiones cometido en 2006. El documento afecta directamente a Juan Martín-Moreno Palomo, modificando la pena que se le había impuesto. También afecta indirectamente al Tribunal sentenciador, al Ministerio Fiscal, y a la sociedad en general, al modificar la aplicación de la justicia en este caso particular. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: La pena de dos años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo, se conmuta por una pena de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad y una multa de dos años, pagadera en cuotas diarias de dos euros. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Juan Martín-Moreno Palomo no cometa ningún delito doloso en el plazo de tres años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso en ese plazo, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la pena original. Determinación del cumplimiento:** El Tribunal sentenciador es el responsable de determinar el inicio y la forma de cumplimiento de la pena sustitutiva (trabajos en beneficio de la comunidad y multa). En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial, sustituyendo una pena de prisión por trabajos comunitarios y una multa, sujeto a la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo de tres años. La decisión se basa en los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal y fue aprobada por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Justicia.

Visto el expediente de indulto de don Juan Martín-Moreno Palomo, condenado por el Juzgado de lo Penal número 1 de Badajoz, en sentencia de 4 de octubre de 2006, como autor de un delito de lesiones, a la pena de dos años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 27 de julio de 2012,

Vengo en conmutar a don Juan Martín-Moreno Palomo la pena privativa de libertad pendiente de cumplimiento por otra de 30 días de trabajos en beneficio de la comunidad y dos años de multa, que se satisfará en cuotas diarias de dos euros, cuyo inicio y forma de cumplimiento serán determinados por el Tribunal sentenciador, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 27 de julio de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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