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Real Decreto 1175/2011, de 29 de julio, por el que se indulta a don Jaime Carrocera López.

BOE-A-2011-14528·8 de septiembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Jaime Carrocera López, condenado por delito contra la salud pública. Se le indultan cuatro meses de la pena de prisión impuesta por la Audiencia Provincial de Madrid. El indulto está condicionado a no cometer delito doloso en tres años.

Visto el expediente de indulto de don Jaime Carrocera López, condenado por la Audiencia Provincial de Madrid, sección segunda, en sentencia de 19 de junio de 2007, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de nueve años y un día de prisión y multa de 200.000 euros con sus accesorias de inhabilitación especial del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena, por hechos cometidos en el año 2006, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de julio de 2011,

Vengo en indultar a don Jaime Carrocera López cuatro meses de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de julio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.