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Real Decreto 1176/2011, de 29 de julio, por el que se indulta a don Raúl Clemente García.

BOE-A-2011-14529·8 de septiembre de 2011·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1176/2011, emitido el 29 de julio de 2011. El objeto principal del documento es conceder un indulto parcial a don Raúl Clemente García, reduciendo en cinco años la pena de prisión de quince años que le fue impuesta por el Tribunal Provincial Popular de la Ciudad de La Habana, Sala DCSE, en función de lo penal, por un delito de tráfico internacional de drogas cometido en 2003. El documento afecta directamente a Raúl Clemente García, el beneficiario del indulto, y, de manera indirecta, al sistema judicial español y a la sociedad en general. Las disposiciones más relevantes son: Concesión del indulto parcial: Se indultan cinco años de la pena privativa de libertad impuesta a Raúl Clemente García. Condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Raúl Clemente García no cometa ningún delito doloso en un plazo de siete años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este período, el indulto podría ser revocado y tendría que cumplir la parte de la pena que fue indultada. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial condicionado a un individuo condenado por tráfico de drogas, reduciendo su pena de prisión y estableciendo un período de prueba para asegurar su buena conducta futura.

Visto el expediente de indulto de don Raúl Clemente García, condenado por el Tribunal Provincial Popular de la Ciudad de La Habana, Sala DCSE, en función de lo penal, en sentencia de 6 de julio de 2004, como autor de un delito de tráfico internacional de drogas, a la pena de quince años de prisión, por hechos cometidos en el año 2003, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de julio de 2011,

Vengo en indultar a don Raúl Clemente García cinco años de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de siete años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 29 de julio de 2011.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.