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Real Decreto 1203/2009, de 10 de julio, por el que se indulta a don Nichel del Rosario Hernández.

BOE-A-2009-13727·21 de agosto de 2009·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1203/2009, de 10 de julio. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a don Nichel del Rosario Hernández, quien fue condenado por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria por un delito contra la salud pública cometido en 2004. El documento afecta directamente a Nichel del Rosario Hernández, modificando su condena original. También afecta indirectamente al sistema judicial, al Ministerio Fiscal y al tribunal sentenciador, ya que se han considerado sus informes para la decisión del indulto. Las disposiciones más relevantes son: Conmutación de la pena: Se conmuta la pena privativa de libertad original de tres años de prisión por una pena de dos años de prisión. Condición suspensiva: La conmutación está condicionada a que Nichel del Rosario Hernández no cometa ningún delito doloso en un plazo de cuatro años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un delito doloso dentro de ese plazo, la conmutación podría ser revocada. Fundamentación: El indulto se concede tras considerar los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, y a propuesta del Ministro de Justicia, previa deliberación del Consejo de Ministros. Firma: El Real Decreto está firmado por el Rey Juan Carlos I y refrendado por el Ministro de Justicia, Francisco Caamaño Domínguez. En resumen, el Real Decreto concede un indulto parcial a Nichel del Rosario Hernández, reduciendo su pena de prisión bajo la condición de no reincidir en un delito doloso en un plazo determinado.

Visto el expediente de indulto de don Nichel del Rosario Hernández, condenado por la Audiencia Provincial, sección segunda, de Las Palmas de Gran Canaria, en sentencia de 22 de abril de 2005, como autor de un delito contra la salud pública, a la pena de tres años de prisión y multa de 200 euros, por hechos cometidos en el año 2004, en el que se han considerado los informes del tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 10 de julio de 2009,

Vengo en conmutar a don Nichel del Rosario Hernández la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 10 de julio de 2009.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

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