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Real Decreto 1205/2012, de 3 de agosto, por el que se indulta a doña Alba Lucía Correa Serna.

BOE-A-2012-11177·28 de agosto de 2012·Ver en BOE ↗

Resumen

Este documento es un Real Decreto de indulto, específicamente el Real Decreto 1205/2012, de 3 de agosto. Su objeto principal es conceder un indulto parcial a Doña Alba Lucía Correa Serna, reduciendo en un año la pena de prisión que le fue impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga. La condena original fue de cinco años de prisión, inhabilitación especial para el derecho de sufragio activo durante el tiempo de la condena y una multa de 120.000 euros, por un delito contra la salud pública cometido entre 2008 y 2009. Este Real Decreto afecta directamente a Doña Alba Lucía Correa Serna, la persona indultada. Indirectamente, afecta al sistema judicial y a la sociedad, al modificar la ejecución de una sentencia judicial. Las disposiciones más relevantes son: La concesión del indulto parcial: Se reduce la pena de prisión en un año. La condición suspensiva: El indulto está condicionado a que Doña Alba Lucía Correa Serna no cometa ningún delito doloso en un plazo de cinco años a partir de la publicación del Real Decreto. Si comete un nuevo delito doloso dentro de este plazo, el indulto podría ser revocado. La justificación del indulto: Se menciona que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal para tomar la decisión. La autoridad que lo concede: El indulto es concedido por el Rey Juan Carlos I, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros. En resumen, el Real Decreto otorga un indulto parcial condicionado a una persona condenada por un delito contra la salud pública, reduciendo su pena de prisión a cambio de no cometer nuevos delitos dolosos en un periodo determinado.

Visto el expediente de indulto de doña Alba Lucía Correa Serna, condenada por la Audiencia Provincial de Málaga, sección primera, en sentencia de 1 de diciembre de 2010, como autora de un delito contra la salud pública, a la pena de cinco años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio activo durante el tiempo de la condena y multa por importe de 120.000 euros, por hechos cometidos en los años 2008-2009, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 3 de agosto de 2012,

Vengo en indultar a doña Alba Lucía Correa Serna un año de la pena privativa de libertad impuesta, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cinco años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 3 de agosto de 2012.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

ALBERTO RUIZ-GALLARDÓN JIMÉNEZ

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