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Real Decreto 1211/2010, de 24 de septiembre, por el que se indulta a don Pedro José Cuesta Crespo.

BOE-A-2010-16053·21 de octubre de 2010·Ver en BOE ↗

Resumen

Real Decreto que concede un indulto parcial a Pedro José Cuesta Crespo, condenado por delito de lesiones. Se conmuta la pena de prisión de tres años por otra de dos años, siempre que no cometa un nuevo delito doloso en cuatro años. Afecta directamente al Sr. Cuesta Crespo, modificando las condiciones de su condena.

Visto el expediente de indulto de don Pedro José Cuesta Crespo, condenado por la Audiencia Provincial de Cantabria, sección tercera, en sentencia de 13 de septiembre de 2008, como autor de un delito de lesiones, a la pena de tres años de prisión e inhabilitación para el derecho de sufragio pasivo por el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 2005 en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, a propuesta del Ministro de Justicia y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 24 de septiembre de 2010,

Vengo en conmutar a don Pedro José Cuesta Crespo la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de cuatro años desde la publicación del real decreto.

Dado en Madrid, el 24 de septiembre de 2010.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Justicia,

FRANCISCO CAAMAÑO DOMÍNGUEZ

Texto consolidado con carácter informativo. Solo la versión publicada en el BOE tiene validez jurídica.